Definiciones

adjetivo

  1. Relativo a la anticresis o propio de ella.

sustantivo

masculino

  1.       Contrato por el cual una persona entrega un monto de dinero relativamente más elevado que el monto de un inmueble. el contrato tiene una duración de un año de manera obligatoria. luego de este tiempo el contrato puede extenderse por un año más de manera voluntaria y por acuerdo de partes. después de este periodo, el contrato termina y el dueño del local devuelve el dinero al arrendatario.
    ▸ sinónimos: anticresis, contrato de anticrético

Pronunciación

an•ti•cré•ti•co
/antikɾEtiko/